DS N° 22 reemplaza la aprobación de Subtel por declaración jurada para obras en telecomunicaciones — Cubillos Lama
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DS N° 22 reemplaza la aprobación de Subtel por declaración jurada para obras en telecomunicaciones

El DS N° 22 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones sustituye la aprobación previa de Subtel por una declaración jurada del titular para recibir obras de modificación en concesiones y permisos de telecomunicaciones, aplicando el Marco de Autorizaciones Sectoriales de la Ley 21.770. La medida reduce tiempos y carga burocrática, pero transfiere la responsabilidad al concesionario, quien debe asegurar que las obras cumplen el proyecto técnico; Subtel mantiene la fiscalización y puede revocar la habilitación si hay incongruencias. El decreto entra en vigor el 19 de febrero de 2027, con excepciones para ciertos tipos de obras que seguirán requiriendo aprobación previa.

Regulatorio2026-07-23Actualizado: 2026-07-28Por Jorge Lama Navarro
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DS N° 22 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado el 17 de julio de 2026 en el Diario Oficial, establece un nuevo mecanismo para la recepción de obras de modificación en concesiones y permisos de telecomunicaciones. La regla general deja de ser la aprobación previa de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) y pasa a ser una declaración jurada del propio titular. El cambio implementa el Marco de Autorizaciones Sectoriales de la Ley N° 21.770 e inicia vigencia el 19 de febrero de 2027 [por verificar antes de publicar].

Qué ocurrió

La Ley N° 21.770 (Marco de Autorizaciones Sectoriales), promulgada en 2025, mandató al Ejecutivo a adaptar distintos sectores regulados a un modelo de declaración responsable. El DS N° 22 es el instrumento que traslada ese mandato al sector de telecomunicaciones.

Bajo la normativa anterior, los titulares de concesiones y permisos de telecomunicaciones debían obtener la aprobación previa de Subtel para recibir obras de modificación sobre su infraestructura. El nuevo decreto cambia esa regla de fondo.

El DS N° 22 establece que los titulares de concesiones de servicios públicos e intermedios, de radiodifusión sonora y televisiva de libre recepción y de permisos de servicios limitados pueden recibir obras mediante una declaración jurada que acredite que las obras ejecutadas se ajustan al proyecto técnico autorizado, sin necesidad de esperar la aprobación de Subtel. La declaración debe presentarse a través de la plataforma habilitada por el organismo, acompañada de los antecedentes administrativos y técnicos exigidos en la norma.

Subtel conserva íntegramente sus facultades de fiscalización. Si detecta que las obras declaradas no se ajustan al proyecto técnico, puede revocar la habilitación. El decreto también contempla excepciones al régimen general de declaración jurada para ciertas categorías de obras que sí requieren aprobación previa.

Las solicitudes de recepción de obras que estén en tramitación a la fecha de entrada en vigencia pueden continuar bajo la normativa anterior, salvo que el titular opte voluntariamente por el nuevo régimen.

Qué puede significar para tu empresa

Para titulares de concesiones o permisos de telecomunicaciones, el cambio reduce el plazo de espera y la carga burocrática asociada a las modificaciones de infraestructura. Con la declaración jurada, el titular puede avanzar una vez cumplidas las condiciones técnicas y documentales, sin depender de los tiempos administrativos de Subtel.

Sin embargo, la declaración jurada traslada la responsabilidad al titular. Ya no es Subtel quien certifica la conformidad antes de que las obras entren en operación, sino el propio concesionario quien declara que se ajustan al proyecto técnico. Si esa declaración resulta inexacta, la consecuencia directa es la revocación de la habilitación, con los costos operacionales y regulatorios que eso implica.

El decreto entrará en vigencia el 19 de febrero de 2027, lo que deja un margen razonable para actualizar procedimientos internos y preparar a los equipos técnicos y jurídicos. Las empresas que tengan en curso solicitudes de recepción de obras deben definir si conviene continuar bajo el régimen anterior o migrar al nuevo.

Qué puedes hacer

  • Revisar el catálogo de concesiones y permisos para identificar cuáles quedan dentro del nuevo régimen y cuáles podrían estar en las excepciones que sí requieren aprobación previa.
  • Establecer un procedimiento interno para acreditar documentalmente que las obras ejecutadas se ajustan al proyecto técnico autorizado antes de presentar la declaración jurada, con un control cruzado entre el equipo de ingeniería y el equipo legal.
  • Capacitar a los equipos técnicos y jurídicos sobre el contenido de la declaración jurada, los antecedentes requeridos y las consecuencias de una declaración inexacta, considerando que el plazo de entrada en vigencia es el 19 de febrero de 2027.
  • Verificar si alguna solicitud de recepción de obras en tramitación se ve afectada por el cambio de régimen y decidir si conviene mantenerla bajo la normativa actual o migrar al nuevo procedimiento.

Si necesitas evaluar el impacto del DS N° 22 en tus concesiones o permisos de telecomunicaciones o revisar tus procedimientos para la declaración jurada, agenda una reunión con nuestro equipo.

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