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La propuesta de la CMF recalibra el riesgo de la cartera comercial por primera vez desde 2011 — Cubillos Lama
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La propuesta de la CMF recalibra el riesgo de la cartera comercial por primera vez desde 2011

La CMF propone el Capítulo 21‑9 para unificar y mejorar la regulación de metodologías internas en cálculo de provisiones y capital, recalibrando la escala de probabilidad de incumplimiento de la cartera comercial individual, que no se actualizaba desde 2011. La propuesta exige cubrir al menos el 20 % de exposiciones modelables y un plan de cobertura total en cinco años, con implementación gradual: modelos grupales tras la norma definitiva, modelos individuales a partir de enero 2028 y ajustes de provisiones desde enero 2031. Los cambios afectarán la valoración de garantías y podrían influir en tasas, montos y requisitos de capital para empresas con crédito comercial, por lo que se recomienda presentar observaciones antes del 26 de octubre 2026 y revisar criterios de elegibilidad de garantías antes del 1 de enero 2028.

Regulatorio2026-08-10Actualizado: 2026-09-04
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El 3 de agosto de 2026 la CMF puso en consulta pública una propuesta que crea el Capítulo 21-9 de la Recopilación Actualizada de Normas de bancos (RAN) y modifica los Capítulos 21-1 y 21-6 de la RAN y el Capítulo B-1 del Compendio de Normas Contables. La consulta dura 12 semanas y cierra el 26 de octubre de 2026; el texto consolida y perfecciona los requisitos para que los bancos usen metodologías internas en el cálculo de provisiones y capital, y modifica el Capítulo B-1 para recalibrar la escala de probabilidad de incumplimiento de la cartera comercial individual, que no se actualiza desde 2011. Si tu empresa se financia con crédito bancario, ese ajuste llega a tu tasa antes de que lo veas venir.

Reporte financiero sobre un escritorio de oficina
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Qué cambió

Hasta hoy, los requisitos para que un banco use modelos propios viven repartidos. Una parte en el Capítulo 21-6 de la RAN, para los activos ponderados por riesgo de crédito. Otra en el Capítulo B-1 del CNC, para las provisiones.

Dos cuerpos, dos lógicas, criterios de aprobación que no siempre conversan entre sí; el nuevo Capítulo 21-9 los junta. Un solo texto regula el desarrollo, la evaluación, la aprobación y el seguimiento de las metodologías internas, con el procedimiento de solicitud ante la CMF detallado ahí mismo. La propuesta abre dos niveles; en la metodología fundacional el banco estima la probabilidad de incumplimiento.

En la avanzada estima además la pérdida dado el incumplimiento. Ambas se pueden desarrollar para colocaciones y créditos contingentes, sea de cartera grupal o individual. Hay un piso de entrada.

La primera solicitud debe cubrir al menos el 20% del universo de exposiciones que el propio banco defina como modelable, acompañada de un plan para llegar a cobertura total en un plazo de cinco años. El cambio de fondo está en el modelo de provisiones de la cartera comercial evaluada individualmente. La CMF recalibra las probabilidades de incumplimiento asociadas a la escala de calificación y modifica el tratamiento de las garantías.

Hoy la garantía se deduce de la exposición. Con la propuesta pasa a afectar el parámetro de pérdida dado el incumplimiento, con criterios de elegibilidad y valorización alineados al Capítulo 21-10 de la RAN. El calendario es escalonado; los modelos de cartera grupal se podrán presentar apenas se publique la norma definitiva.

Los de exposiciones evaluadas individualmente, a contar de enero de 2028. Los ajustes al modelo de provisiones de esa cartera rigen desde enero de 2031. La escala propuesta para medir esas exposiciones se está discutiendo ahora.

Qué puede significar para tu empresa

El destinatario directo de la norma es la banca; el efecto, no. Si tu empresa tiene crédito comercial evaluado individualmente, tu clasificación de riesgo se traduce hoy en una provisión según una escala de probabilidad de incumplimiento que lleva quince años sin moverse. Esa escala se recalibra.

Los cambios en provisiones y requerimientos de capital pueden influir, junto con otros factores, en la tasa, el monto disponible o la exigencia de resguardos. La dirección del ajuste depende de la categoría en que estés clasificado, y es exactamente eso lo que el texto en consulta define. El cambio en garantías puede sentirse en la mesa de negociación.

Bajo el esquema vigente, una garantía elegible reduce la exposición del banco. Bajo la propuesta reduce la severidad de la pérdida, mediante el parámetro de pérdida dado el incumplimiento y con criterios de elegibilidad más formalizados. En la práctica, tu paquete de garantías deja de leerse como un descuento sobre el saldo y pasa a leerse como un ajuste de severidad.

Una hipoteca que hoy te sirve para negociar tasa puede pesar de otra forma bajo la nueva regla. Hay otro ángulo, y es asimétrico. La propia CMF reconoce que el costo del nuevo modelo de provisiones se diluye para las entidades que obtengan la no objeción de sus modelos internos antes de la entrada en vigencia.

Las que no obtengan la no objeción antes de 2031 enfrentarían en mayor medida el impacto del modelo estándar propuesto. Eso abre una diferencia entre bancos con capacidad de modelamiento instalada y bancos que todavía no la tienen. Si tu financiamiento está concentrado en una sola institución, esa concentración es una variable que conviene mirar ahora y no en 2030.

Con todo, nada de esto es definitivo. Es una propuesta en consulta, y la CMF anunció mesas de trabajo con la industria durante el proceso justamente para detectar fricciones remanentes. El texto que se publique puede no ser el que hoy está sobre la mesa, y la norma definitiva todavía no tiene fecha.

Qué puedes hacer

Hasta el 26 de octubre de 2026; si tu empresa es un banco, revisa el Informe Normativo y presenta comentarios a la CMF. Si eres un deudor con una exposición relevante en cartera evaluada individualmente o con garantías que puedan verse afectadas, evalúa formular observaciones directamente o por medio de tu gremio. Antes del 1 de enero de 2028; si vas a renovar o negociar financiamiento, revisa con tu banco si tus garantías cumplen los criterios de elegibilidad y valorización del Capítulo 21-10 de la RAN, que entra en vigencia en esa fecha.

La norma puede cambiar el valor mitigador que el banco les asigne, sin modificar por sí sola las condiciones ya pactadas. Antes de enero de 2031; una vez publicada la norma definitiva y conocido el plan de implementación de tu banco, evalúa escenarios de costo financiero con la nueva escala. Si tienes covenants de cobertura o endeudamiento sensibles a la tasa, incorpora esos escenarios en su seguimiento.


Si necesitas medir cómo el nuevo tratamiento de garantías afecta tus líneas vigentes, revisar tus covenants contra la escala recalibrada o preparar observaciones antes de que se cierre la consulta, agenda una reunión con nuestro equipo.

Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal.

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