La industria alimentaria trata datos personales en ventas en línea, programas de fidelización, reclamos, cámaras, currículums, fichas laborales y relaciones con proveedores. La Ley 21.719 entra en vigencia el 1 de diciembre de 2026, modifica la Ley 19.628 y crea una autoridad especializada.
Diez preguntas para la gerencia
- ¿Sabemos qué datos tratamos? El inventario debe identificar categorías, titulares, sistemas, archivos físicos, responsables y terceros con acceso.
- ¿Cada tratamiento tiene una finalidad definida? Acumular información sin propósito dificulta justificar su conservación.
- ¿Existe una base que permita tratarla? La empresa debe documentar la base aplicable y revisar sus consentimientos.
- ¿La información entregada es clara? Formularios, sitios, concursos y aplicaciones deben explicar quién trata los datos, para qué y cómo ejercer derechos.
- ¿Podemos responder una solicitud? Se necesita un canal, responsables y criterios para buscar, rectificar o eliminar información.
- ¿Los proveedores tienen obligaciones suficientes? Plataformas, agencias, operadores logísticos y servicios tecnológicos deben quedar sujetos a instrucciones, seguridad, confidencialidad e incidentes.
- ¿Los accesos siguen el criterio de necesidad? No toda persona requiere ver bases de clientes, antecedentes laborales o reclamos completos.
- ¿Existe un protocolo de incidentes? Un archivo mal enviado o una cuenta comprometida exige contención, evaluación, registro y decisiones oportunas.
- ¿Conocemos las transferencias internacionales? Muchos servicios procesan información fuera de Chile.
- ¿La gerencia recibe evidencia? Políticas sin controles, métricas ni responsables no demuestran cumplimiento.
Un plan aplicable
Conviene priorizar comercio electrónico, marketing segmentado, gestión laboral, reclamos con antecedentes de salud y registros audiovisuales. Luego corresponde definir responsables, corregir avisos, actualizar contratos, establecer plazos de conservación, ajustar permisos y probar el protocolo de incidentes.
Las infracciones pueden generar órdenes correctivas y multas relevantes. Según su gravedad y circunstancias, la ley contempla multas de hasta 20.000 UTM. El riesgo también es comercial, porque una respuesta tardía afecta confianza, continuidad y relaciones con clientes.
La preparación debe terminar en controles verificables y no en una carpeta de documentos. Un diagnóstico ejecutivo permite asignar recursos y concentrar el trabajo donde exista mayor exposición.
Agenda una reunión con CUBILLOS LAMA para revisar el nivel de preparación de tu empresa.
Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo entra en vigencia la Ley 21.719?
El 1 de diciembre de 2026.
¿Alcanza a una empresa B2B?
Sí. También puede tratar datos de contactos, trabajadores y proveedores.
¿Cuál es el primer paso?
Levantar un inventario de datos, finalidades, accesos, terceros y plazos de conservación.
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