Tu empresa contrató el desarrollo de un sistema de gestión a la medida. En las reuniones de venta el proveedor prometió integraciones con tu ERP, reportes automáticos y capacitación para el equipo. Ocho meses después el sistema no hace la mitad de lo conversado y, al releer los documentos firmados, descubres que ninguna de esas promesas quedó escrita. El proveedor tiene razón en algo incómodo. Solo debe lo que firmó.
El art. 1545 del Código Civil dispone que todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes. Esa regla premia al cliente que documenta bien y castiga al que confía en promesas verbales. El art. 1698 agrega el segundo golpe. Quien alega la existencia de una obligación debe probarla, y probar una funcionalidad prometida en una reunión es una batalla cuesta arriba.
El Statement of Work o SoW, que en la práctica chilena opera como orden de trabajo o anexo de servicios de un contrato marco, es el documento donde viven los entregables, los plazos y el precio. Esta guía recorre lo que debes exigir como cliente antes de firmarlo.
1. Entiende la arquitectura antes de discutir el detalle
En proyectos de servicios lo habitual es firmar dos documentos. El contrato marco fija las reglas legales de la relación, como responsabilidad, confidencialidad y término. El SoW baja cada proyecto a tierra, con entregables, calendario y precio. Pueden firmarse varios SoW bajo un mismo marco.
De esa arquitectura sale la primera regla de revisión. El SoW debe limitarse a lo técnico y lo económico. Si el proveedor introduce en el SoW cláusulas de limitación de responsabilidad, jurisdicción o propiedad intelectual, está modificando el contrato marco por la puerta trasera. Exige retirarlas o pacta una regla de precedencia expresa a favor del contrato marco.
Dedicamos a esta arquitectura la guía "Statement of Work (SoW): guía completa de redacción y revisión". Y si estás al otro lado de la mesa, revisa "Statement of Work (SoW): puntos clave desde la perspectiva del proveedor".
2. Entregables descritos y criterios de aceptación objetivos
Nombrar el producto no basta. "Implementación de la suite XYZ" no dice si incluye migración de datos, integraciones o soporte tras la salida a producción. Describe funcionalidades, especificaciones y prestaciones concretas, porque lo que no está listado no será exigible.
Igual de importante es definir cuándo un entregable se entiende aprobado. Exige un procedimiento de aceptación con tres elementos.
- Criterios medibles: el entregable se acepta si cumple las especificaciones del anexo técnico, no si deja "satisfecho" al gerente de turno.
- Plazo de revisión: un período razonable para probar el entregable y objetar por escrito.
- Corrección sin costo: si el entregable se rechaza, el proveedor corrige dentro de un plazo definido y sin cargo adicional.
3. Pagos contra aceptación, no contra fechas
Un calendario de pagos por fecha obliga a pagar aunque el proyecto esté atrasado. Ata cada pago a la aceptación de un hito y conserva un incentivo final. La práctica chilena habitual es retener entre un 5% y un 10% del precio hasta la recepción definitiva, o exigir boleta de garantía en proyectos mayores.
Conviene sumar una cláusula penal por atraso conforme a los arts. 1535 y siguientes del Código Civil, con un monto o porcentaje por semana de demora. Bien pactada, la pena se exige sin necesidad de acreditar el monto del perjuicio (art. 1542 CC). Y si el SoW fija plazos ciertos, el solo vencimiento del plazo constituye en mora al proveedor (art. 1551 N° 1 CC).
4. Precio cerrado o time & materials
Time & materials significa facturar por las horas y materiales efectivamente usados, y transfiere al cliente todo el riesgo de estimación. La recomendación es directa. Para un alcance definido, exige precio cerrado. Si el proveedor solo acepta time & materials, pacta un tope máximo, tarifas por perfil y reportes de horas con derecho a auditarlos. Un time & materials sin tope es un cheque en blanco.
5. Personal clave del proveedor
En servicios profesionales compras personas tanto como métodos. Si la propuesta se ganó con un jefe de proyecto senior, el SoW debe nombrarlo como personal clave, exigir una dedicación mínima y condicionar su reemplazo a tu aprobación previa, con un sustituto de calificaciones equivalentes. Sin esa cláusula, el equipo estrella de la venta se transforma en juniors durante la ejecución.
6. Propiedad de los entregables
La Ley 17.336 radica el derecho de autor en el creador de la obra por el solo hecho de la creación (art. 1°). Que pagues el desarrollo no te hace dueño automático de todo.
El software encargado a un tercero tiene una regla especial favorable al cliente. Los derechos se reputan cedidos a quien encargó el programa, salvo estipulación escrita en contrario (art. 8 Ley 17.336). Revisa que el SoW no contenga precisamente esa estipulación en contrario.
Para el resto de los entregables a medida, como diseños, manuales, contenidos o material de capacitación, exige una cesión expresa y por escrito de los derechos patrimoniales. Ten presente que los derechos morales del autor son inalienables en Chile (art. 16 Ley 17.336), de modo que lo que se cede son los derechos patrimoniales. Pide además una licencia amplia y permanente sobre las herramientas preexistentes del proveedor que queden incorporadas al entregable.
7. Garantía tras la entrega y derecho de salida
La aceptación no debe ser el fin de la responsabilidad del proveedor. Pacta una garantía de corrección de defectos por un plazo definido desde la recepción, con tiempos de respuesta según severidad. Frente a incumplimientos graves, el art. 1489 del Código Civil permite pedir la resolución del contrato o su cumplimiento forzado, en ambos casos con indemnización, la que comprende el daño emergente y el lucro cesante (art. 1556 CC).
Incluye también un derecho a terminar por conveniencia, con preaviso razonable y pago de lo efectivamente devengado. Los proyectos cambian de prioridad, y quedar amarrado doce meses a un proyecto que el directorio ya descartó es un costo evitable.
8. Checklist del cliente antes de firmar
9. Cómo acompaña CUBILLOS LAMA
Como Outside General Counsel revisamos y negociamos los SoW de nuestros clientes antes de la firma, con foco en aceptación, pagos y propiedad intelectual. Tu departamento legal, sin el costo de uno propio. Si tienes un SoW sobre la mesa, agenda una reunión de diagnóstico y lo revisamos contigo.
Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal para un caso específico.
¿Tienes consultas sobre tu situación legal?
Conversemos sobre cómo aplica esto a tu empresa.
Contáctanos →Área relacionada: Contratos
Conoce cómo abordamos este ámbito legal bajo el modelo OGC.
Área relacionada: Contratos →