Tienes dos sedes en el mismo sector. Los trabajadores comparten accesos o espacios comunes, el plan de emergencias y los mismos riesgos, aunque se trate de inmuebles distintos, contiguos o próximos. La pregunta es concreta. ¿Debes tener un Comité Paritario de Higiene y Seguridad por cada inmueble, o basta con uno? El 03 de junio de 2026, la Dirección del Trabajo respondió mediante el Ordinario N°291/27. La separación formal entre inmuebles no define por sí sola la unidad relevante para constituir o renovar el CPHS. Lo que la DT privilegia es la realidad operativa y preventiva, específicamente dónde trabajan las personas, qué riesgos enfrentan y cómo se gestiona su seguridad en la práctica.
¿Qué ocurrió?
El Ordinario N°291/27, de la Dirección del Trabajo, aborda una consulta referida a dependencias de una institución de educación superior ubicadas en Santiago Centro. La DT indica que, para efectos de la constitución, funcionamiento y renovación del Comité Paritario, la determinación de "empresa, faena, sucursal o agencia" debe hacerse aplicando armónicamente el artículo 66 de la Ley N°16.744 y los artículos 23 y 27 del Decreto N°44 de 2023. La DT señala que el análisis debe atender especialmente a la unidad espacial, funcional y preventiva del lugar de trabajo, así como a la prestación efectiva de servicios y a la exposición común. En esa revisión pueden ser relevantes elementos como los espacios compartidos, la integración de procesos, la supervisión común, un mismo plan de emergencia y evacuación, un mismo programa de prevención de riesgos y la comunidad de riesgos laborales. Con esos antecedentes, la DT señala que, si las dependencias operan como una unidad integrada de trabajo, resultaría jurídicamente procedente considerarlas como una misma sede, sucursal o faena y convocar la elección pendiente con participación de las personas trabajadoras de esa sede. La propia DT aclara que esta conclusión se funda en los antecedentes aportados en la consulta y no obsta a una fiscalización posterior para verificar en terreno la configuración real de la unidad espacial, funcional y preventiva, así como las condiciones efectivas de prestación de servicios y exposición a riesgos.
¿Qué puede significar para tu empresa?
El impacto depende de tu modelo operativo. Si tienes dependencias contiguas o funcionalmente integradas, este criterio refuerza que la revisión del CPHS no debiera hacerse solo sobre la base de la separación formal o catastral de los inmuebles. Lo relevante es cómo opera realmente la unidad de trabajo y cómo se gestiona la prevención de riesgos. Si las dependencias pueden ser consideradas una misma sede, sucursal o faena y en esa unidad trabajan más de 25 personas, corresponde revisar si la constitución, funcionamiento o renovación del comité está alineada con esa realidad operativa. Si hoy mantienes comités separados en instalaciones que funcionan de manera integrada, o si no has constituido comité pese a esa integración, puede haber observaciones de cumplimiento en una fiscalización. Por eso conviene revisar la trazabilidad preventiva y el sustento de la estructura que estás usando.
¿Qué puedes hacer?
- Mapea tus instalaciones. Identifica si tienes inmuebles contiguos o funcionalmente integrados. Los indicadores son accesos comunes, planes de emergencia compartidos, jefatura unificada y exposición conjunta a riesgos.
- Cuenta los trabajadores de la unidad efectiva de trabajo. Si la operación funciona de manera integrada, revisa el total de personas que trabajan en esa unidad y no solo la dotación por inmueble.
- Revisa la constitución o renovación del CPHS. Evalúa si la forma en que hoy está organizado el comité se ajusta al criterio aplicado por la DT.
- Si tienes comités separados, revisa si corresponde mantenerlos o regularizar la integración bajo una misma sede o faena. Hazlo según la configuración real de las dependencias y con apoyo jurídico y preventivo.
- Documenta el análisis. Genera un informe interno que describa la unidad espacial, funcional y preventiva de tus instalaciones. En caso de fiscalización, esa documentación puede ser útil para respaldar tu decisión.
Si quieres revisar si tu empresa está correctamente estructurada bajo este criterio, agenda una reunión de diagnóstico con nuestro equipo. Este artículo tiene únicamente fines informativos y no constituye asesoría legal.